Incorpóranse a la planta de personal del Ministerio de Comunicaciones, en los cargos de que trata el artículo 20 del presente Decreto, a la siguientes personas: DIVISION DE PRESUPUESTO. A José Plutarco Rodríguez Perilla, con cédula de ciudadanía número 19086582 de Bogotá, en el cargo de Jefe de División 2140-12. A María Esther Rodríguez Barrera, con cédula de ciudadanía número 41454002 de Bogotá, en el cargo de Profesional Especializado 3010-08. A Jorge Sierra Quiroz, con cédula de ciudadanía número 79103943 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Alodia Vélez Hernández, con cédula de ciudadanía número 41396123 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Orlando de Jesús Miranda Ruiz, con cédula de ciudadanía número 19108359 de Bogotá, en el cargo de Técnico Administrativo 4065-07. A Ruth Nelly Salcedo de Campos, con cédula de ciudadanía número 28682164 de Chaparral (Tolima), en el cargo de Secretario Ejecutivo 5040-11. A Beatriz Camelo Torres, con cédula de ciudadanía número 41770270 de Bogotá, en el cargo de Auxiliar Administrativo 5120-09. SECCION DE TESORERIA. A Sinesio Gómez Carmona, con cédula de ciudadanía número 6000239 de San Antonio (Tolima), en el cargo de jefe de Sección 2075-08. A Alcira Vargas Nossa, con cédula de ciudadanía numero 51565173 de Bogotá, en el cargo de Profesional Universitario 3020-04. A Sonia Villalba de Guerrero, con cédula de ciudadanía número 2776078 de Cartagena, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A María Morales Murillo, con cédula de ciudadanía número 20066338 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Doris Heredia Camacho, con cédula de ciudadanía número 41676577 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Yesid Suárez Hernández, con cédula de ciudadanía número 14217070 de Ibagué, en el cargo de Cajero 5095-08.
Decreto 2407 de 1989 →Vigente
Artículo 44
Incorpóranse A La Planta De Personal Del Ministerio De Comunicaciones, En Los Ca
Decreto 2407 de 1989 · DECRETO 2407 DE 1989, 20/10/1989, por el cual se modifica la planta de personal de algunos ministerios, departamentos administrativos, la Dirección Nacional de Carrera Judicial de la rama Jurisdiccional, el Ministerio Público, la Registraduria Nacional del Estado Civil y se incorporan los funcionarios en los cargos previstos en esta disposición.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.