Incorporánse a la Planta de Personal del Ministerio de Gobierno, en los cargos de que trata el artículo 10 del presente Decreto, a las siguientes personas: DIVISION DE PRESUPUESTO. A Hugo Hernández Motta, con cédula de ciudadanía número 17135873 de Bogotá, en el cargo de Jefe de División 2040-12. A Luis Alberto Ortiz Díaz, con cédula de ciudadanía número 17034502 de Bogotá, en el cargo de Profesional Universitario 3020-04 A Pedro Pablo Cubillos Mayorga, con cédula de ciudadanía número 146938 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Carmen Forero Contreras, con cédula de ciudadanía número 41353840 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Minna Flórez de Roa, con cédula de ciudadanía número 20149496 de Bogotá, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Hilda María Peña de Coca, con cédula de ciudadanía número 20047608 de Bogotá, en el cargo de Secretario Ejecutivo 5040-11. A Luis Gustavo Torres Quintero, con cédula de ciudadanía número 80260031de Bosa, en el cargo de Secretario 5140-06. A Olga Osorio Torres, con cédula de ciudadanía número 41582851de Bogotá, en el cargo de Ayudante de Oficina 5155-07. SECCION DE TESORERIA. A Fanny Ocampo de Acuña, con cédula de ciudadanía número 20113948 de Bogotá, en el cargo de Jefe de Sección 2075-08. A Luis Hernando Castiblanco Gómez, con cédula de ciudadanía número 6071615 de Cali, en el cargo de Técnico en Presupuesto 4035-10. A Jesús Fernando Marín Castrillón, con cédula de ciudadanía número 3382900 de Angelópolis, Antioquia, en el cargo de Cajero 5095-10. A José Ignacio Rodríguez Rivera, con cédula de ciudadanía número 4233890 de Samacá (Boyacá), en el cargo de Auxiliar Administrativo 5120-09. A Rosa Amparo Aristizábal de Botero, con cédula de ciudadanía número 41713425 de Bogotá, en el cargo de Auxiliar Administrativo 5120-09.
Decreto 2407 de 1989 →Vigente
Artículo 34
Incorporánse A La Planta De Personal Del Ministerio De Gobierno, En Los Cargos D
Decreto 2407 de 1989 · DECRETO 2407 DE 1989, 20/10/1989, por el cual se modifica la planta de personal de algunos ministerios, departamentos administrativos, la Dirección Nacional de Carrera Judicial de la rama Jurisdiccional, el Ministerio Público, la Registraduria Nacional del Estado Civil y se incorporan los funcionarios en los cargos previstos en esta disposición.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.