Funciones de las direcciones de ejecución presupuestal. Estas dependencias en los organismos a que se refiere el artículo 1º del presente Decreto cumplirán con las siguientes funciones
Colaborar en la elaboración del anteproyecto del Programa Anual de Caja y preparar las solicitudes de acuerdo mensual de gastos y sus respectivas modificaciones.
Llevar la contabilidad de la ejecución presupuestal, conforme a las normas y en los libros que para tal efecto prescriba la Dirección General del Presupuesto y la Contraloría General de la República.
Llevar los registros contables de los compromisos que asuma el organismo.
Verificar que las solicitudes de compromiso cuenten con apropiación presupuestal y saldos disponibles libres de afectación y que se encuentren incluidos en el Programa Anual de Caja.
Verificar que las cuentas de cobro que se tramiten en su dependencia, estén contempladas en el acuerdo de gastos aprobado y llenen los demás requisitos legales establecidos para tal efecto.
Colaborar con la División de Presupuesto, en la elaboración de los informes sobre los asuntos de índole presupuestal a su cargo.
Colaborar con la División de Presupuesto en la preparación de los actos administrativos del organismo que modifican y trasladan el detalle de las apropiaciones del decreto de liquidación.