Micelio

Artículo 1

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Decreto 3905 de 1947 · DECRETO 3905 DE 1947, 06/12/1947, por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de la Economía Nacional).

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1.° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de la Economía Nacional. Capítulo 60. Del artículo 977. Para sueldos del personal de las distintas oficinas en el país (Oficina Reguladora de Mercados y Precios, y Juntas de Control) 20.000.00 Del artículo 978. Para honorarios, viáticos, arrendamientos, transportes, imprevistos, y todos los gastos que demande la Oficina Reguladora de Mercados y Precios y las Juntas de Control en las distintas secciones del país 13.000.00 Suman los contracréditos $ 33.600.00 Capítulo 50. Al artículo 854. Para sueros, medicamentos, equipos, reparaciones, arrendamientos, instrumental, vacunas, acarreos, jornales y demás gastos que requiera el funcionamiento de las campañas contra el aborto epizoótico, la peste porcina, la encefalomielitis, garrapata y otras epizootias 33.600.00 Suman los créditos $ 33.600.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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