º Quien pida a la Dirección General Marítima y Portuaria que se le otorguen o aprueben rutas y/o servicios de transporte marítimo, deberá presentar simultáneamente con la solicitud, certificado vigente de Carencia de Antecedentes expedido por el Consejo Nacional de Estupefacientes, respecto del interesado, si fuere persona natural, y de todos los representantes legales miembros de Junta Directiva y demás directores, así como de al menos el 60% de los accionistas o socios si fuere persona jurídica.
Decreto 2392 de 1989 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2392 de 1989 · DECRETO 2392 DE 1989, 20/10/1989, Por el cual se reglamenta parcialmente el Decreto-ley 2324 de 1984 y se adiciona el Decreto 1423 de 1989.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.