º Sométase el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República. Aprobado en Santafé de Bogotá, D.C., a los quince (15) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y tres (1993). El Presidente, (Fdo.) DIEGO ARANGO MORA. El Secretario, (Fdo.) HERNANDO GALINDO MAYNE.
Decreto 393 de 1994 →Vigente
Artículo 2
Decreto 393 de 1994 · por el cual se aprueba un acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.