° . Reglas del convenio especial de cooperación. El convenio especial de cooperación está sometido a las siguientes reglas
No existirá régimen de solidaridad entre las personas que lo celebren, pues cada una responderá por las obligaciones que específicamente asume en virtud del convenio.
Se precisará la propiedad de todos los resultados que se obtengan y los derechos de las partes sobre los mismos.
Se definirán las obligaciones contractuales, especialmente de orden laboral, que asumen cada una de las partes.
El manejo de recursos aportados para la ejecución del convenio podrá efectuarse mediante encargo fiduciario o cualquier otro sistema de administración.
Estos convenios se regirán por las normas del Derecho Privado.