Artículo segundo . Los Puestos de Socorro creados en el artículo anterior, tendrán el siguiente personal, asignaciones mensuales y gastos de sostenimiento que a continuación se expresan: Un Médico Director $ 450.00 Un Inspector-Enfermero 200.00 Una Auxiliar de Enfermería Obstétrica. 150.00 Gastos de sostenimiento 400.00
Decreto 3883 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3883 de 1947 · DECRETO 3883 DE 1947, 05/12/1947, Por el cual se dictan algunas disposiciones y se reforman los Decretos números 3259 de noviembre 13 y 3342 de noviembre 22 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.