ARTICULO 61 . ARCHIVO DOCUMENTOS. El formulario No. 1 de "Evaluación del Desempeño Policial", debe permanecer en la hoja de vida del evaluado durante su permanencia en la institución. Los documentos soporte Formulario Números 2 y 3 se deben destruir cada vez se produzca la disposición que confiere el nuevo ascenso. Para el personal de que trata el artículo 59 del presente decreto, una vez surtida la reclasificación, se procede a la destrucción de los soportes respectivos.
Decreto 1800 de 2000 →Vigente
Artículo 61
Decreto 1800 de 2000 · por el cual se dictan normas para la evaluación del desempeño del personal uniformado de la Policía Nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.