Micelio

Artículo 30

Ingreso Especial Al Escalafón

Decreto 256 de 2013 · por el cual se establece el Sistema Específico de Carrera para los Cuerpos Oficiales de Bomberos.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Ingreso especial al escalafón. Quienes al entrar en vigencia este decreto-ley se encuentren ocupando empleos de carrera administrativa pertenecientes al Cuerpo Oficial de Bomberos y acrediten derechos sobre la misma por haber participado en procesos de selección, podrán solicitar su ingreso al escalafón de la Carrera de los Cuerpos Oficiales de Bomberos en el mismo empleo y grado que desempeñan. Los empleados inscritos en el Registro Público de Carrera Administrativa conservarán sus derechos de carrera. La Comisión Nacional del Servicio Civil tendrá un plazo de seis (6) meses para resolver la actualización en el escalafón para lo cual revisarán que el ingreso a la carrera se haya efectuado por mérito.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 256 de 2013