Planes y programas de capacitación .La Dirección Nacional de Bomberos de Colombia, o la dependencia que haga sus veces, formulará los planes y programas de capacitación, de acuerdo con la política que fije el Departamento Administrativo de la Función Pública. La información que repose en el Registro Único de Estadísticas de Bomberos (RUE), será el insumo para formular los planes de capacitación y formación.
Decreto 256 de 2013 →Vigente
Artículo 19
Planes Y Programas De Capacitación
Decreto 256 de 2013 · por el cual se establece el Sistema Específico de Carrera para los Cuerpos Oficiales de Bomberos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.