º. Los cargos que se crean por el presente Decreto no tendrán derecho a prima móvil, y se pagarán con la partida de "Gastos de Administración y Explotación del Terminal". Comuníquese y publíquese.
Decreto 3021 de 1947 →Vigente
Artículo 2
Decreto 3021 de 1947 · DECRETO 3021 DE 1947, 15/09/1947, Por el cual se crean unos cargos en el Terminal Marítimo de Cartagena (Sanidad)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.