Transferencia de bienes. La propiedad de los bienes muebles e inmuebles de los cuales sea titular la Fiscalía General de la Nación, que requiera el Establecimiento Público de Educación Superior -Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ)- para el cumplimiento de sus funciones, serán transferidos por la Fiscalía a título gratuito a este último. La determinación de los bienes, los plazos y términos para su entrega se señalarán en las actas que suscriba el Fiscal General de la Nación y el Director General del Establecimiento Público de Educación Superior -Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ)-, las cuales serán registradas ante las autoridades competentes.
Decreto 36 de 2014 →Vigente
Artículo 13
Transferencia De Bienes.
Decreto 36 de 2014 · por el cual se crea un establecimiento público de educación superior del orden nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.