Director General . El Director General es el representante legal del Establecimiento Público de Educación Superior -Conocimiento e Innovación para la Justicia (CIJ)-. El Director General tendrá calidad de empleado público, elegido por el Consejo Directivo, de terna presentada por el Fiscal General de la Nación y para el mismo periodo de este y estará sujeto a los impedimentos, inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la ley para los servidores públicos.
Decreto 36 de 2014 →Vigente
Artículo 10
Director General
Decreto 36 de 2014 · por el cual se crea un establecimiento público de educación superior del orden nacional.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.