REQUISITOS DE LA SOLICITUD. Para el trámite de las devoluciones o compensaciones a que se refiere el artículo anterior, la solicitud deberá presentarse acompañada de los siguientes documentos
Tratándose de personas jurídicas, debe acreditarse su existencia y representación legal mediante certificado expedido con anterioridad no mayor de cuatro meses.
Copia del poder debidamente otorgado, cuando se actúa como apoderado.
Copia o fotocopia de los recibos, documentos o certificados que acrediten el pago en exceso o indebido.
Copia o fotocopia de la corrección de la declaración inicial o liquidación privada, de que trata el artículo 589 del Estatuto Tributario, cuando sea del caso.