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Artículo 3

Decreto 2314 de 1989 · DECRETO 2314 DE 1989, 09/10/1989, Por el cual se reglamentan parcialmente el procedimiento de devoluciones y compensaciones y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º REQUISITOS GENERALES DE LA SOLICITUD. La solicitud deberá presentarse personalmente por el contribuyente o responsable o por su representante legal exhibiendo su documento de identidad, o por el apoderado quien presentará su tarjeta profesional de abogado, o por interpuesta persona cuando la firma de quien efectúe la solicitud se encuentre autenticada. La solicitud deberá acompañarse de los siguientes documentos

a)

Tratándose de personas jurídicas debe acreditarse su existencia y representación legal mediante certificado expedido con anterioridad no mayor de cuatro (4) meses;

b)

Copia del poder otorgado en debida forma, cuando se actúe mediante apoderado;

c)

Fotocopia autenticada de la declaración tributaria que origine el saldo a favor;

d)

Garantía bancaria o de compañía de seguros, expedida con el cumplimiento de los requisitos legales, cuando el solicitante se acoja a la opción contemplada en el artículo 860 del Estatuto Tributario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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