Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales . Son funciones de la Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales, las siguientes
Impartir las directrices para la interposición de la acción de tutela, el derecho de hábeas corpus, las acciones populares y la acción pública de inconstitucionalidad en los términos establecidos en la ley, en el ejercicio de las competencias asignadas a la Defensoría del Pueblo.
Impartir las directrices para la intervención o coadyuvancia en las acciones de tutela, populares y de grupo, en los términos establecidos en la ley, en el ejercicio de las competencias asignadas a la Defensoría del Pueblo.
Hacer seguimiento a las acciones judiciales y recursos promovidos por la Entidad a nivel regional y nacional y llevar un registro de los mismos.
Coordinar la delegación y asistencia a los Personeros Municipales en materia de acción de tutela, de conformidad con la ley.
Asumir las atribuciones y facultades que el Código de Procedimiento Penal y otros estatutos especiales le otorgan al Defensor del Pueblo dentro de los procesos respectivos.
Proyectar las demandas, impugnaciones, recursos de insistencias o defensas ante la Corte Constitucional de las normas directamente relacionadas con los derechos constitucionales, en los términos previstos en la ley, de conformidad con las competencias asignadas a la Defensoría del Pueblo.
Interponer las acciones populares de connotación nacional, conforme a las directrices del Defensor del Pueblo.
Administrar el Registro Público Centralizado de las Acciones Populares y de las Acciones de Grupo que se interpongan en el país, previa información suministrada por el Juez que conozca de estos procesos.
Elaborar e implementar los planes anuales en el ámbito de su competencia, de acuerdo con la metodología diseñada por la Oficina de Planeación.
Aplicar las directrices y lineamientos del Sistema de Gestión Integral de la Defensoría del Pueblo.
Las demás que le asigne la ley o el Defensor del Pueblo de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.