Micelio

Artículo 3

O

Decreto 117 de 1991 · por el cual se establece el régimen de remuneración del personal de empleados públicos docentes de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 3o . Para efectos de remuneración del personal docente de tiempo completo de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia, constituyen factores de puntaje los siguientes

a)

Los estudios realizados satisfactoriamente y los títulos obtenidos en desarrollo de los mismos;

b)

Los cursos de actualización, y capacitación a nivel de postgrado, no conducentes a título, culminados en forma satisfactoria;

c)

El concurso de méritos para ingreso;

d)

La producción científica;

e)

Las categorías del escalafón docente;

f)

La experiencia docente y profesional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 117 de 1991