Micelio

Artículo 47

Decreto 2275 de 1988 · DECRETO 2275 DE 1988, 03/11/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones y adiciones que le introdujo la Ley 30 de 1988 y se dicta el procedimiento para la adjudicación de terrenos baldíos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DECLARATORIA. Comprobada por el INCORA, de oficio o a solicitud de parte la configuración de la causal de reversión, procederá a declararla mediante resolución motivada, susceptible del recurso de reposición dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación. En la adjudicación de baldíos en los que obre contrato, la declaratoria de caducidad dará origen a la reversión del baldío al dominio de la Nación con la inscripción de la providencia que la decretó, en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo correspondiente a la ubicación del inmueble.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2275 de 1988