REQUISITOS DE LA SOLICITUD. Las sociedades que al tenor de lo previsto en el capítulo V del presente Decreto, pretendan celebrar con el INCORA contratos de usufructo sobre terrenos baldíos, deberán presentar la correspondiente solicitud ante dicha entidad, suministrando con ella la siguiente información
Razón social y domicilio de la sociedad.
Naturaleza y características de la explotación que se pretende desarrollar.
Identificación del terreno, ubicación con indicación del departamento, intendencia o comisaría, municipio, corregimiento y vereda, y nombre de los colindantes con relación a los puntos cardinales.
Cabida aproximada.
La afirmación de ser baldío.
Nombres de los socios, de sus cónyuges e hijos menores de edad y número de las respectivas cédulas de ciudadanía.
Número y fechas de las resoluciones de adjudicación de baldíos a favor de la sociedad, los socios, sus cónyuges e hijos menores de edad.
Nombre, extensión y ubicación de los predios rurales que sean de propiedad de la sociedad solicitante.