Micelio

Artículo 10

Decreto 2275 de 1988 · DECRETO 2275 DE 1988, 03/11/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente el Capítulo VIII de la Ley 135 de 1961, con las modificaciones y adiciones que le introdujo la Ley 30 de 1988 y se dicta el procedimiento para la adjudicación de terrenos baldíos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

SUPERFICIES MAXIMAS ADJUDICABLES. Las extensiones adjudicables a las sociedades, empresas comunitarias o cooperativas que al tenor del artículo anterior soliciten la adjudicación de baldíos, oscilarán entre 450 y 1.500 hectáreas. Las personas naturales podrán solicitar en adjudicación conforme a lo previsto en el

Parágrafo 2

del artículo anterior, hasta 450 hectáreas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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