Artículo primero. Desde la fecha del presente Decreto quedan suprimidos los siguientes puestos: En lo Oficina Delegada de Precios de Cundinamarca: 1 Visitador del Departamento, eón asignación mensual de $ 350.00 1 Oficial de producíos agrícolas y arrendamientos con asignación mensual de 350.00 1 Ayudante del anterior, con asignación mensual de 250.00 1 Ayudante primero del Oficial de artículos de manufactura nacional e importados, eón asignación mensual de 250.00 1 Ayudante secundo del mismo, con asignación mensual 200.00 10 Agentes de Policía de Precios;, con asignación mensual, cada uno, de 150.00 En la Oficina Delegada de Barranquilla 3 Agentes de policía de Precios, con Asignaciones mensual cada uno de $ 120.00
Decreto 3763 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3763 de 1947 · DECRETO 3763 DE 1947, 25/11/1947, por el cual se reforman los Decretos números 2353 de julio 17, y 2553 de julio 29 de 1947.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.