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Artículo 1

Decreto 2263 de 1989 · DECRETO 2263 DE 1989, 04/10/1989, Por medio del cual se modifican los artículos 187, 197 y 206 del Decreto reglamentario 1950 de 1973.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 187 del Decreto reglamentario 1950 de 1973, quedará así: "La convocatoria a concurso se hará por el Jefe y el Secretario General del organismo al cual pertenezcan los empleos por proveer mediante el sistema de mérito, o por aquellos funcionarios a quienes se delegue esta función, y de ella deberá enviarse Copia auténtica y oportuna a la Secretaria General del Departamento Administrativo del Servicio Civil, para su registro y control. "La convocatoria se hará con no menos de quince (15) días calendario de anticipación a la fecha señalada para la realización del concurso, término que podrá prorrogarse cuando las circunstancias así lo exijan".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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