Micelio

Artículo 89

Decreto 283 de 1990 · por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transporte por carrotanques de petróleo crudo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los formularios para la expedición de licencias de funcionamiento y distribución de derivados del petróleo, de que trata este Capítulo y que expide el Ministerio de Minas y Energía, tendrán un costo, en unidades de salario mínimo mensual, de la siguiente manera: Distribuidores mayoristas 1/2 Estaciones de servicio clase A, B, C y de servicio privado 1/4 Para los vehículos transportadores 1/8

Parágrafo

Los dineros que se recauden por concepto de la expedición de estas licencias, deberán ser consignados a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Minas y Energía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 283 de 1990