Micelio

Artículo 78

Decreto 283 de 1990 · por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transporte por carrotanques de petróleo crudo.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los contratos de arrendamiento o de cualquier otra clase cuyo objeto sea la explotación económica de una estación de servicio, Son de naturaleza mercantil y solemnes; deberán ser celebrados por escritura pública o por documento privado debidamente autenticado, y su contenido debe corresponder en un todo a declaraciones de voluntad realmente queridas por las partes. Estos contratos así como cualquier modificación de los mismos, serán inscritos en el registro mercantil de la Cámara de Comercio correspondiente a la ubicación de la estación de servicio, de acuerdo con lo previsto en el Código de Comercio y, posteriormente, notificados al Ministerio de Minas y Energía. En tanto el interesado no acredite el registro mercantil del contrato en los términos anteriores, el Ministerio de Minas y Energía, se abstendrá de autorizar la operación y el funcionamiento de la estación de servicio y la expedición o la renovación de la correspondiente licencia de funcionamiento, o, en su caso, a cancelar la licencia de funcionamiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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