Las estaciones de servicio en las zonas urbanas estarán sujetas también a las disposiciones distritales, metropolitanas o municipales, y en las vías nacionales a las disposiciones del Ministerio de Obras Públicas y Transporte. Adicionalmente, el Ministerio de Minas y Energía podrá exigir la aprobación o visto bueno de las entidades a las cuales compete la preservación del medio ambiente.
Decreto 283 de 1990 →Vigente
Artículo 47
Decreto 283 de 1990 · por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transporte por carrotanques de petróleo crudo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.