Micelio

Artículo 18

Decreto 283 de 1990 · por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transporte por carrotanques de petróleo crudo.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La distribución de tanques y demás instalaciones de una planta de abastecimiento de combustibles líquidos derivados del petróleo y su separación con respecto a propiedades adyacentes, deberá cumplir con las distancias mínimas indicadas en la tabla siguiente: DISTANCIA MINIMAS INTERNAS EN PLANTAS DE ABASTECIMIENTO Y A PROPIEDADES ADYACENTES PARA EL ALMACENAMIENTO DE COMBUSTIBLES LIQUIDOS DERIVADOS DEL PETROLEO A. Líquidos estables * (Presión de operación menor de 0.175 Kg/cm2). TIPO DE TANQUE PROTECCION Distancia mínima desde la pared del tanque al lindero de la propiedad vecina que está o puede ser sometida a construcción, incluyendo el lado opuesto de una vía pública Distancia mínima desde la pared del tanque al lado más próximo de cualquier vía pública o del edificio importante más cercano de la misma propiedad Distancia mínima desde la pared del tanque a equipo contra incendio, casas de bombas y demás equipos principales de la planta Distancia mínima entre tanques adyacentes, medida de pared a pared Techo flotante Areas expuestas protegidas ½ diámetro del tanque (mínimo 10 metros) 1/6 diámetros del tanque (mínimo 5 metros) 1 diámetro del tanque(mínimo 15 metros) ¼ suma de los diámetros de los tanques adyacentes(mínimo 2 metros) Sin protección 1 diámetros del tanque (mínimo 20 metros) 1/6 diámetro del tanque (mínimo 10 metros) Areas expuestas protegidas 1 diámetro del tanque (mínimo 20 metros) 1/3 diámetro del tanque (mínimo 5 metros) Vertical con techo fijo, suelda débil Sin protección 2 diámetros del tanque (mínimo 40 metros) 1/3 diámetros del tanque (mínimo 10 metros) 1 diámetro del tanque (mínimo 15 metros) ¼ suma de los diámetros de los tanques adyacentes (mínimo 2 metros) Tanque con protección de espumas o con gas inerte ½ diámetro del tanque (mínimo 10 metros) 1/6 diámetro del tanque (mínimo 5 metros) Areas expuestas protegidas ½ veces la tabla N° 1 Una vez la tabla N° 1 Horizontal o vertical con válvula de alivio Sin protección 2 veces la tabla N° 1 Una vez la tabla N° 1 1 diámetro del tanque (mínimo 15 metros) ¼ suma de los diámetros delos tanques adyacentes(mínimo 2 metros) Sistema de gas inerte o sistema de espuma en los tanques verticales ½ veces la tabla N° 1 ½ vez la tabla N° 1 B. Líquidos estables * (Presión de operación mayor de 0.175 Kg/cm2). Cualquier tipo Areas expuestas protegidas 1½ veces la tabla N° 1 (mínimo 10 metros) 1½ veces la tabla N° 1 (mínimo 10 metros) 1 diámetro del tanque (mínimo 15 metros) ¼ suma de los diámetros de los tanques adyacentes(mínimo 2 metros) Sin protección 3 veces la tabla N° 1 (mínimo 20 metros) 1½ veces la tabla N° 1 (mínimo 10 metros) * Cualquier líquido no definido como inestable. C. Líquidos Inestables**. Horizontal y vertical con válvula de alivio que ventea a presión no mayor de 0.175 Kg/cm. Tanque protegido con cualquiera de los siguientes sistemas: Rociador de agua Gas inerte Aislamiento y refrigeración Barrera Tabla N° 1(mínimo 15 metros) Mínimo 15 metros 1 diámetro del tanque(mínimo 15 metros) ¼ suma de los diámetros de los tanques adyacentes (mínimo 2 metros) Areas expuestas protegidas 2½ veces tabla N° 1(mínimo 30 metros) Mínimo 30 metros Sin protección 5 veces la tabla N° 1(mínimo 60 metros) Mínimo 60 metros Horizontal y vertical con válvula de alivio que ventea a más de 0.175 Kg/cm. Tanque protegido con cualquiera de los siguientes sistemas: Rociador de agua Gas inerte Aislamiento y refrigeración Barrera 2 veces la tabla N° 1(mínimo 30 metros) Mínimo 30 metros 1 diámetro del tanque(mínimo 15 metros) ½ suma de los diámetros de los tanques adyacente(mínimo 5 metros) Areas expuestas protegidas 4 veces tabla N° 1(mínimo 60 metros) Mínimo 60 metros Sin protección 8 veces la tabla N° 1(mínimo 90 metros) Mínimo 90 metros **Los que se polimerizan, descomponen, sufren reacción de condensación o se vuelven auto-reactivos bajo condiciones de choque, presión o temperatura. D. Líquidos que producen ebullición desbordante. Areas expuestas protegidas ½ diámetro del tanque(mínimo 10 metros) 1/6 diámetro del tanque(mínimo 5 metros) 1 diámetro del tanque(mínimo 15 metros) ½ suma de los diámetros de los tanques adyacentes (mínimo 5 metros) Techo flotante Sin protección 1 diámetro del tanque(mínimo 20 metros) 1/6 diámetro del tanque(mínimo 5 metros) Areas expuestas protegidas 2 diámetros del tanque(mínimo 30 metros) 2/3 diámetro del tanque(mínimo 10 metros) ½ suma de los diámetros de los tanques adyacentes Techo fijo Sin protección 4 diámetros del tanque(mínimo 60 metros) 2/3 diámetro del tanque(mínimo 20 metros) 1.5 diámetro del tanque(mínimo 20 metros) (mínimo 5 metros) Tanque con protección de espuma o gas inerte 1 diámetro del tanque(mínimo 20 metros) 2/3 diámetro del tanque(mínimo 10 metros) TABLA N° 1 CAPACIDAD DEL TANQUE EN GALONES Distancia mínima desde la pared del tanque al lindero de la propiedad vecina que está o puede ser sometida a construcción, incluyendo el lado opuesto de una vía pública Distancia mínima desde la pared del tanque al lado más próximo de cualquier vía pública o del edificio importante más cercano de la misma propiedad. METROS METROS 275 o menos 1.50 1.50 276 a 750 3.00 1.50 751 a 12.000 4.60 1.50 12.001 a 30.000 6.00 1.50 30.001 a 50.000 9.00 3.00 50.001 a 100.000 15.00 4.60 100.001 a 500.000 24.40 7.60 500.001 a 1.000.000 30.50 10.60 1.000.001 a 2.000.000 41.00 13.70 2.000.001 a 3.000.000 50.00 16.80 3.000.001 o más 53.40 18.30

Parágrafo

Tal como se indica en el artículo 7°, la distancia mínima desde los linderos de la planta proyectada a sitios de alta densidad ocupacional debe ser mínimo cien (100) metros.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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