Transitorio. Las reservas presupuestales y cuentas por pagar debidamente constituidas al cierre de la vigencia fiscal de 2010, debidamente constituidas con cargo al presupuesto de las entidades que se fusionan serán ejecutadas por la Corporación Autónoma Regional resultante de la fusión.
Decreto 141 de 2011 →Inexequible
Artículo 22
Transitorio
Decreto 141 de 2011 · por el cual se modifican los artículos 24, 26, 27, 28, 29, 31, 33, 37, 41, 44, 45, 65 y 66 de la Ley 99 de 1993, y se adoptan otras determinaciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.