°. Fusión y denominación de las Corporaciones Autónomas Regionales. Con el fin de conjurar la crisis en sus aspectos ambientales e impedir la extensión de sus efectos, decrétase la fusión y modificación en la denominación de las Corporaciones Autónomas Regionales y de Desarrollo Sostenible de que tratan los artículos 33 y 41 de la Ley 99 de 1993, de la siguiente manera
Fusiónase la Corporación Autónoma Regional del Dique - Cardique, en la Corporación Autónoma Regional del Atlántico - CRA, la cual en adelante se denominará Corporación Autónoma Regional del Delta del Magdalena, Corporación Autónoma Regional de la Cuenca Baja del Río Magdalena CAR Bajo Magdalena.
Fusiónase la Corporación Autónoma Regional del Sur de Bolívar - CSB, y la Corporación para el Desarrollo Sostenible de la Mojana y el San Jorge - Corpomojana, en la Corporación Autónoma Regional de Sucre - Carsucre, la cual en adelante se denominará Corporación Autónoma Regional de la Depresión Momposina, CAR-Momposina.