Artículo tercero. El Intendente Nacional de San Andrés y Providencia remitirá un informe detallado al Ministerio de la Economía Nacional sobre la forma como se invierten los fondos que se destinan por medio de este Decreto.
Decreto 2980 de 1947 →Vigente
Artículo 3
Decreto 2980 de 1947 · DECRETO 2980 DE 1947, 10/09/1947, Por el cual se destina una suma
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.