Micelio

Artículo 17

Decreto 2821 de 1974 · POR EL CUAL SE DICTAN NORMAS PROCEDIMENTALES EN MATERIA TRIBUTARIA

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para efectos fiscales, el contribuyente deberá fijar una dirección, en cada declaración de renta o de ventas que presente. Cuando la liquidación se hubiere enviado a una dirección distinta de la registrada o de la posteriormente informada por el contribuyente, habrá lugar a corregir el error, en cualquier tiempo, enviándola a la dirección correcta. En este último caso, los términos legales solo comenzarán a correr a partir de la notificación hecha en debida forma. La misma regla se aplicará en lo relativo al envío de citaciones requerimientos y otros comunicados. La información del contribuyente sobre cambio de dirección solo se considerará válida cuando sea suministrada por escrito a la Administración de Impuestos en donde hubiere presentado su última declaración y sin mezclarla con temas diferentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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