Micelio

Artículo 2

Decreto 2321 de 1989 · DECRETO 2321 DE 1989, 09/10/1989, por el cual se modifican los artículos 1°, inciso segundo, quinto y noveno del Decreto 3457 de 1985.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el artículo quinto del Decreto 3457 del 26 de noviembre de 1985, en lo referente a la conformación de los Comités Regionales de Seguridad Vial que allí se crearon, los cuales quedarán integrados así

a)

El Director Regional del Distrito de Obras Públicas respectivo, quien lo presidirá;

b)

El Director de Tránsito Departamental o Intendencial;

c)

El Director Regional del Instituto Nacional del Transporte INTRA;

d)

El Comandante del Departamento de Policía;

e)

El Comandante de la Estación Regional de la Policía Vial Nacional;

f)

El Alcalde del respectivo Municipio o su delegado;

g)

Los Secretarios de Salud, Obras Publicas y Educación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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