º Los Jefes de personal o quienes hagan sus veces en las entidades de derecho público y en las empresas privadas, deberán informar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social la ocurrencia de cualquiera de las conductas establecidas en el artículo 1º de este Decreto, inmediatamente tengan conocimiento de ello. La inobservancia de esta obligación constituye causal de mala conducta.
Decreto 2201 de 1988 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2201 de 1988 · DECRETO 2201 DE 1988, 25/10/1988, Por el cual se dictan unas medidas tendientes a la preservación del orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.