° Modifícase el artículo 2" del Decreto número 2416 de fecha 23 de octubre de 1989, el cual quedará, así: "Artículo 2° Galvis Ramírez, Nieto Navia, Lara, Oviedo, Pulecio, y Arismendi, tendrán derecho a pasajes aéreos en primera clase en la ruta Bogotá Nueva York Bogotá y a la suma de doscientos cincuenta dólares (US$ 250.00) diarios por concepto de viáticos durante cuarenta y cinco (45) días, cada uno".
Decreto 2794 de 1989 →Vigente
Artículo 2
Decreto 2794 de 1989 · DECRETO 2794 DE 1989, 30/11/1989, por el cual se modifica los artículos 1º y 2ºdel Decreto número 2416 de fecha 23 de octubre, de 1989
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.