ARTICULO 9o . El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga las disposiciones que le sean contrarias; y modifica en lo pertinente el Decreto-ley 1042 de 1978, y las normas que lo modifican o adicionan.
Decreto 107 de 1991 →Vigente
Artículo 9
O
Decreto 107 de 1991 · por el cual se hacen unas modificaciones a la nomenclatura de empleos de que tratan los Decretos-ley 1042 de 1978, 90 de 1988, 10 de 1989, 50 de 1990 y las normas que lo modifican o adicionan.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.