Micelio

Artículo 11

Del Decreto 1715 De 1945.

Decreto 3686 de 1946 · DECRETO 3686 DE 1946, 30/12/1946, Por el cual se reorganiza la jurisdicción especial del trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo once. Si al postular candidatos para un mismo Tribunal Seccional, varias asociaciones de patronos o de trabajadores coinciden en unos mismos nombres, el Tribunal Supremo del Trabajo indicará a cuál de ellos se le anotan como candidatos suyos y avisará a las demás asociaciones para que propongan otro u otros candidatos distintos. Tal circunstancia no vicia la elección que el Tribunal Supremo haga con base en las listas que contengan el nombre o nombres repetidos; pero, aún después de hecha la elección, las referidas asociaciones conservan el derecho de reintegrar las listas con los nuevos candidatos, para el sólo efecto de las vacantes eventuales a que se refiere el artículo 12 del Decreto 1715 de 1945.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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