º El Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá autorizar mediante resolución la reestructuración de los préstamos otorgados por la Nación, previo el estudio correspondiente que adelante la Dirección General de Crédito Público, para lo cual las entidades interesadas, deberán allegar los siguientes documentos
Solicitud suscrita por el Ministro, Jefe de Departamento Administrativo, Gobernador, Alcalde, Intendente o Comisario correspondiente;
Copia debidamente autenticada de la ordenanza, acuerdo, decreto o resolución, según el caso, que autorice al representante de la entidad para reestructurar la obligación y otorgar las garantías que la respalden;
Certificado de libertad de las garantías que habrá de otorgarse, suscrito por la autoridad competente, y
Documentos demostrativos de la situación financiera de la entidad prestataria y los demás que a juicio de la Dirección General de Crédito Público-Subdirección de Crédito Público Interno-- deba aportar.