º De la inscripción de aspirantes. Corresponde a la autoridad nominadora del empleo por proveer mediante el sistema de mérito, recepcionar las solicitudes de inscripción de los aspirantes a participar en el concurso. Recibidas las solicitudes, la autoridad nominadora designará mediante oficio el establecimiento educativo y el funcionario que determinará el cumplimiento o no de los requisitos de los aspirantes a participar en el concurso, acorde con lo establecido en la convocatoria.
Decreto 3028 de 1989 →Vigente
Artículo 5
Decreto 3028 de 1989 · DECRETO 3028 DE 1989, 27/12/1989, Por el cual se reglamenta la Ley 29 de 1989 sobre el proceso de selección que debe seguirse para la provisión por el sistema de mérito de los empleos de carrera administrativa y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.