° Modifícase el artículo 2° del Decreto número 985 de fecha mayo 20 de 1988, en el sentido que el señor Londoño Paredes y su señora esposa, tendrán derecho a pasaje aéreo en clase económica en la ruta Bogotá - Panamá - La Habana. El señor Londoño Paredes, tendrá derecho a la suma de doscientos setenta y nueve dólares (US$ 279.00) diarios, por concepto de viáticos durante seis (6) días, y no como aparece en la citada disposición.
Decreto 1045 de 1988 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1045 de 1988 · DECRETO 1045 DE 1988, 24/05/1988, por el cual se modifican los artículos 1°, 2° y 3° del Decreto número 985 de fecha 20 de mayo de 1988.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.