Micelio

Artículo 1

De La Ley 6ª De 1945, Con Destino A La Caja Nacional De Previsión, Consignarán E

Decreto 3654 de 1946 · DECRETO 3654 DE 1946, 24/12/1946, por el cual se dictan algunas disposiciones sobre situación de fondos a la Caja Nacional de Previsión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del 1º de enero de 1947 los empleados de manejo encargados de hacer los descuentos de que tratan los ordinales b), c) y d) del artículo 20 de la Ley 6ª de 1945, con destino a la Caja Nacional de Previsión, consignarán el valor de tales descuentos a la orden del Tesorero de la misma institución, por conducto de la Tesorería General de la Republica. La Contraloría General de la República reglamentará la forma en que deban hacerse estas transferencias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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