Micelio

Artículo 6

Decreto 1280 de 2002 · por el cual se organiza el Sistema de Vigilancia, Inspección y Control del Sector Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Esquema de Gestión de la Vigilancia, Inspección y Control . Para facilitar el ejercicio de las funciones de los organismos y agentes de Vigilancia, Inspección y Control y generar una mayor racionalidad en la consecución de los objetivos del presente decreto, la Superintendencia Nacional de Salud expedirá cada dos años un "Esquema de Gestión" que contendrá como mínimo los procesos prioritarios por ejes, el alcance operativo de competencias y funciones de vigilancia, inspección y control, los resultados esperados, los instrumentos, las formas de articulación y la difusión de las acciones. Los organismos de vigilancia, inspección y control deberán formular y ejecutar un Plan Anual de Vigilancia, Inspección y Control que, sin perjuicio de las particularidades de cada organismo, deben seguir las directrices del Esquema de Gestión al que se refiere el presente artículo. Igualmente, los agentes que defina la Superintendencia Nacional de Salud deberán formular y ejecutar dicho plan. Los organismos y agentes deberán consolidar y reportar a la Superintendencia Nacional de Salud en los instrumentos que ésta diseñe y establezca y con la periodicidad que ella determine, los resultados de la ejecución del Plan Anual de Vigilancia, Inspección y Control en cada uno de los ejes. La actuación de los organismos y agentes de inspección, vigilancia y control estará sujeta a evaluación permanente por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Las evaluaciones deberán permitir identificar las necesidades de ajustes al Esquema de Gestión, la aplicación de sanciones por la inobservancia del mismo y los incentivos por su adecuada aplicación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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