Acción de reparación directa. Sin perjuicio de la eficacia de la expropiación, el propietario del predio que pretenda reclamar a su favor una prestación indemnizatoria distinta al valor comercial del inmueble expropiado, o a las liquidaciones de perjuicios provenientes de la restitución del inmueble o de su venta al Instituto por imposibilidad de su restitución, podrá demandarla del INCORA ante el mismo Tribunal que haya conocido el proceso de expropiación en ejercicio de la acción de reparación directa y cumplimiento de que trata el artículo 86 del Código Contencioso Administrativo. En el evento de que se acceda a ordenar la indemnización adicional demandada, en su liquidación no contemplará los valores pagados en razón de la expropiación, ni de los perjuicios liquidados por concepto de la restitución del inmueble.
Decreto 2107 de 1988 →Vigente
Artículo 63
Acción
Decreto 2107 de 1988 · DECRETO 2107 DE 1988, 12/10/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1a de 1968, 4a de 1973, 30 de 1988 y el Decreto 1127 de 1988, en lo relacionado con la adquisición de tierras y mejoras rurales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.