Improcedencia de recursos y acciones contenciosas. Contra los actos cumplidos en desarrollo de la etapa de negociación administrativa no cabe recurso ni acción alguna por las vías gubernativa o judicial, pero podrá impugnarse la legalidad de la expropiación ante el Tribunal Administrativo correspondiente en uso de la acción especial establecida por el artículo 59 de la Ley 135 de 1961No procede en ningún caso la suspensión provisional de la resolución de expropiación. CAPITULO V Derecho de Exclusión.
Decreto 2107 de 1988 →Vigente
Artículo 25
Improcedencia De Recursos Y Acciones Contenciosas
Decreto 2107 de 1988 · DECRETO 2107 DE 1988, 12/10/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1a de 1968, 4a de 1973, 30 de 1988 y el Decreto 1127 de 1988, en lo relacionado con la adquisición de tierras y mejoras rurales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.