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Artículo 12

Concepto De La

Decreto 2107 de 1988 · DECRETO 2107 DE 1988, 12/10/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1a de 1968, 4a de 1973, 30 de 1988 y el Decreto 1127 de 1988, en lo relacionado con la adquisición de tierras y mejoras rurales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Concepto de la UAF. Se entiende por Unidad Agrícola Familiar la explotación agraria de un área mínima que utilizada directa y principalmente por una familia campesina en condiciones de eficiencia productiva promedio y teniendo en cuenta sus características agronómicas y la infraestructura física y de servicios de que dispone, le permita obtener ingresos equivalentes cuando menos a tres salarios mínimos mensuales, cubrir las cuotas de amortización de la compra y lograr el mejoramiento de sus condiciones de vida. No se opone al concepto de explotación directa de la parcela la utilización ocasional de mano de obra contratada, especialmente en la época de recolección de cosechas.

Parágrafo

El INCORA deberá tener en cuenta el promedio nacional de las UAF que es de 22 hectáreas, para calcular las parcelas adjudicables No obstante, en cada caso concreto, la extensión correspondiente se establecerá de acuerdo con la naturaleza y características de la zona y la potencialidad del fundo para la explotación agropecuaria en aplicación de los criterios indicados en este artículo. CAPITULO IV Procedimiento para la adquisición de predios y mejoras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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