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Artículo 11

Identificación Y Estudio Técnico-Contenido

Decreto 2107 de 1988 · DECRETO 2107 DE 1988, 12/10/1988, Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 135 de 1961, con las modificaciones introducidas por las Leyes 1a de 1968, 4a de 1973, 30 de 1988 y el Decreto 1127 de 1988, en lo relacionado con la adquisición de tierras y mejoras rurales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Identificación y estudio técnico-contenido Una vez adoptado el plan anual de actividades y definidas las zonas de reforma agraria por parte de la Junta Directiva, se llevará a cabo la identificación técnica de cada predio que se pretenda adquirir, mediante un estudio que debe establecer

a)

Nombre, ubicación y propietario del inmueble;

b)

Linderos y colindancias por cada punto cardinal;

c)

Área y topografía;

d)

Vías de acceso e internas, cercas y servidumbres;

e)

Clima, altura, precipitación pluviométrica y piso térmico Número de cosechas anuales que permite la distribución de las lluvias y factores climáticos limitantes;

f)

Clasificación de los suelos según su capacidad de uso, manejo y aptitud;

g)

Fuentes de aguas naturales o artificiales; disponibilidad permanente o temporal de ellas;

h)

Conservación y protección de los recursos naturales;

i)

Construcciones, instalaciones y maquinaria discriminándolas de acuerdo a su utilidad y necesidad para la explotación del predio;

j)

Explotación económica con indicación del grado, clase e intensidad de cada una de las actividades encontradas;

k)

Ocupantes y trabajadores permanentes u ocasionales;

l)

Administración, modalidad de la explotación y formas de tenencia;

m)

Posibilidades de adecuación;

n)

Concepto sobre la aptitud económica del predio para su utilización en el respectivo programa, y

o)

Cálculo de la Unidad Agrícola Familiar para el predio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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