º. Destinanse las siguientes partidas para los fines que se enumeran a continuación para el resto del año de 1947: Para la compra de teteros Evenflo con destino a los Consultorios de Alimentación y Servicios de Lactancia Artificial Infantil de carácter oficial 5.000.00 Para compra de vacunas y sueros contra difteria, tosferina, fiebre tifoidea 4.800.00 Para auxiliar, por una sola vez, los servicios odontológicos de la Concentración Escolar Modelo del barrio "San Fernando", de Bogotá 200.00
Decreto 3638 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Decreto 3638 de 1947 · DECRETO 3638 DE 1947, 08/11/1947, Por el cual se destinan unas partidas para la División de Higiene Materno-Infantil, Escolar y Dental del Ministerio de Higiene, se modifica el Decreto número 0509 de febrero 13 del corriente año y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.