Micelio

Artículo 1

O.

Decreto 148 de 1991 · por el cual se fija una asignación mensual.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 1o. El personal de oficiales, pilotos y suboficiales técnicos seleccionados por el Comando de la Fuerza Aérea Colombiana para operar los aviones y helicópteros asignados a la Presidencia de la República, tendrán derecho a una asignación mensual adicional equivalente al 60% del sueldo básico mensual que devengue en el respectivo grado. Esta asignación no se computará como factor de liquidación de las prestaciones sociales y será cancelada con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 148 de 1991