°. Director General . El Director General del Instituto Nacional de Salud cumplirá las siguientes funciones
Definir el Plan Estratégico del Instituto y los planes y programas necesarios para dar cumplimiento al objetivo del Instituto y presentarlos a aprobación del Consejo Directivo.
Presentar a consideración del Consejo Directivo la política general del Instituto y una vez adoptada por este, expedir los actos administrativos necesarios para su ejecución y velar por su cumplimiento.
Dirigir y promover la innovación en salud pública en los temas de competencia de la entidad, de conformidad con las políticas, planes y lineamientos del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Ministerio de Salud
Establecer relaciones con universidades y organismos de investigación científica y desarrollo tecnológico, y asociaciones regionales y multilaterales nacionales e internacionales que propendan por la gestión y el conocimiento de las materias propias del objeto y funciones del Instituto.
Dirigir y orientar el ejercicio de las funciones señaladas para el Observatorio Nacional de Salud.
Dirigir y promover la investigación y gestión del conocimiento en salud pública, de conformidad con las políticas, planes y lineamientos del Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación y del Ministerio de Salud y Protección Social.
Promover e incentivar en el Instituto los intercambios científicos y la consecución de recursos de cooperación científica y técnica.
Controlar el funcionamiento del Instituto y evaluar el resultado de sus actividades, de acuerdo con las políticas y planes adoptados.
Promover actividades entre el Instituto, el Ministerio de Salud y Protección Social, otras entidades del sector salud y las instituciones del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, tendientes a coordinar y armonizar materias de responsabilidad compartida.
Proponer al Gobierno Nacional planes y programas en el área de la salud pública, relacionados con los programas y funciones del Instituto.
Ordenar los gastos, administrar el Fondo Especial para Investigaciones, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos y convenios necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la entidad, de acuerdo con las normas legales vigentes.
Presentar para aprobación del Consejo Directivo el anteproyecto de presupuesto y los planes de inversión del Instituto, de conformidad con las disposiciones que regulan la materia.
Crear y organizar mediante acto administrativo grupos internos de trabajo y órganos de asesoría y coordinación, para atender el cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos del Instituto.
Ejercer la facultad nominadora del personal del Instituto con excepción de la atribuida a otras autoridades.
Constituir mandatarios y apoderados que representen al Instituto en los asuntos judiciales y demás de carácter litigioso.
Establecer y mantener el Sistema Integrado de Gestión del Instituto.
Establecer mecanismos que permitan verificar y controlar la atención oportuna de las solicitudes formuladas por la ciudadanía.
Dirigir la edición y publicación de los boletines y documentos que expida el Instituto.
Dirigir y orientar las comunicaciones estratégicas del Instituto.
Conocer y fallar en segunda instancia los procesos disciplinarios que se adelanten contra funcionarios del Instituto.
Rendir informes y conceptos en materia de competencias del Instituto.
Las demás que le sean asignadas por las normas legales vigentes y los estatutos internos. CAPÍTULO III Disposiciones finales