ARTICULO 1o. El personal del Departamento Administrativo de Seguridad - DAS - en comisión de servicios en la Presidencia de la República, tendrá derecho a gastos de representación equivalente al 60% del sueldo básico mensual que devengue en el respectivo empleo, los cuales serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. Esta asignación no se computará como factor de liquidación de las prestaciones sociales.
Decreto 147 de 1991 →Vigente
Artículo 1
O
Decreto 147 de 1991 · por el cual se fija una asignación mensual.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.