Artículo primero. Distribúyase el resto de la partida global de $ 90.000 a que se refiere el Capítulo 48, artículo 34 del Presupuesto Nacional vigente, y de conformidad con la Ley 108 de 1936, en la siguiente forma: Para la Sala de Maternidad y el Hospital de Mocoa 14.000.00 Para el Hospital de Mitú 14.000.00 Suma 28.000.00
Decreto 2938 de 1947 →Vigente
Artículo 34
Del Presupuesto Nacional Vigente, Y De Conformidad Con La Ley 108 De 1936, En La
Decreto 2938 de 1947 · DECRETO 2938 DE 1947, 04/09/1947, Por el cual se distribuye una partida y se dictan unas normas sobre su pago
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.